– TARIFAS: Las tarifas aplicadas están calculadas según modalidad de facturación y forma de pago determinada en la oferta, en días laborables y en horario de mañana, siendo vigentes del 1 de enero al 31 de diciembre del año en que se emiten y revisadas todos los meses de enero según convenio. Actualización anual de precios según IPC y subidas de salario mínimo interprofesional. Los gastos financieros por modificación de la forma de pago pactada o devolución correrán por cuenta del cliente.
– DÍAS FESTIVOS: El importe está calculado sin incluir días festivos como días de trabajo. Se realizará el servicio en día posterior o anterior cuando la frecuencia sea semanal, mensual o trimestral, únicamente en estos casos, salvo que se especifique otra cosa en las condiciones particulares de la oferta vinculada.
– ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO: Labordequipo, S.L. realizará los cambios, rotaciones y asignaciones de personal que considere oportunos a fin de garantizar la mejor y más eficiente prestación de los servicios objeto del presente contrato, así como para mantener las ventajas económicas conseguidas con contratos bonificados.
– CONFORMIDAD: Cada intervención con una frecuencia superior a quincenal tendrá un justificante de conformidad donde se detalle la descripción de los trabajos. En caso de no poder contactar con el cliente a la terminación de la intervención, se dejará en buzón y entenderemos su conformidad con la misma si en un plazo de 3 días no nos comunica lo contrario.
– AGUA Y ELECTRICIDAD: El cliente facilitará suministro de agua y electricidad con tomas homologadas de fácil acceso según la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
– LLAVES PARA ACCESOS: El cliente facilitará DOS copias de llaves, así como las copias necesarias por sustitución, rotura, etc….
– PUESTA EN MARCHA: Como trámite previo a la prestación de servicios, Labordequipo, S.L. requerirá por escrito al cliente (ANEXO 2), a fin de que informe sobre los posibles riesgos laborales a los que estarán expuestos los trabajadores. Se realizará una revisión completa para verificar que todo está en óptimas condiciones. De no ser así, habrá que realizar los servicios necesarios para solucionar las deficiencias encontradas. Para ello Labordequipo, S.L. presentará un presupuesto. Si los trabajos necesarios no son realizados, las deficiencias se mantendrán a lo largo del tiempo, no pudiendo efectuar un adecuado mantenimiento y las reclamaciones generadas por motivo o derivadas de dichas deficiencias se entenderán no justificadas.
– SEGURO: Cobertura en la prestación con seguro de responsabilidad civil. En caso de siniestro será imprescindible dar parte para peritar y reparar.
– GARANTÍA DE CALIDAD: Se podrá retener el 5% de la cuota mensual cuando el cliente haya presentado por escrito una reclamación, tenga justificación y no se haya solucionado en un plazo máximo de 10 días. Esta retención se mantendrá hasta haberle puesto solución. La acumulación en un mismo año de 3 reclamaciones justificadas y no atendidas o subsanadas debidamente facultará al cliente para rescindir libre y unilateralmente el presente contrato. No se considerarán justificadas aquellas reclamaciones generadas por existencia de daños o deterioros anteriores a este contrato o sobre instalaciones nuevas no valoradas.
– RECLAMACIONES: Será necesario que se realicen por escrito para poder atenderlas adecuadamente.
– SOLICITUD DE BAJA: Deberá solicitarse por escrito con una antelación mínima de 60 días a la fecha de vencimiento del contrato, acompañada de copia del acuerdo de la comunidad de vecinos que así lo acuerde, informando de la nueva adjudicataria de los servicios a efectos de lo prevenido en el artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores. En el caso de que la baja sea unilateral y sin estar debidamente justificada por parte del cliente, éste deberá indemnizar a Labordequipo, S.L. por daños y perjuicios en el 50% del importe restante hasta la finalización del mismo. Si la no prorrogación del contrato o la baja unilateral se realizase con el fin de contratar directamente al personal de Labordequipo, S.L., el cliente deberá indemnizar por gastos aplicables a selección, formación y de innovación, por un valor correspondiente a la cantidad de 12 cuotas.
– SERVICIOS, ACTIVOS, MEDIDAS, MEDIOS Y RECURSOS NO INCLUIDOS: Se valorarán y facturarán aparte con la tarifa vigente, según ANEXO 3, todos servicios no detallados en la oferta aceptada, u otras actuaciones que requieran de un estudio de prevención de riesgos laborales, medios especiales o subcontratación. Nuevos activos, nuevas Instalaciones, modificaciones de las existentes, sustituciones por agotamiento de vida útil, estética, eficiencia energética o causas tecnológicas, normativas, remates después de obra, siniestros por agua, eléctricos, incendios, fenómenos atmosféricos, sísmicos o geológicos, robo, recurrentes informados, reparaciones en taller, así como mal diseño o mal uso de las instalaciones y actuaciones por personal ajeno a Labordequipo, S.L., etc. estarían excluidos.
– INTERLOCUTORES: Cada una de las partes asignará y mantendrá actualizado un representante con el fin de analizar el desarrollo del contrato. Así mismo el cliente comunicará el cambio de este interlocutor, representante legal o administrador si los hubiese, en un plazo máximo de 15 días desde el cambio.
– MODIFICACIÓN DEL CONTRATO: Ambas partes podrán proponer a la otra la modificación sobrevenida de las condiciones de la prestación de servicios, formas de pago y tarifas vinculadas a la oferta aceptada, comunicándolo a la otra por escrito con un mes de antelación a la propuesta que formule, debiendo explicar los motivos de tal decisión. Si pasados 15 días a partir de la fecha de la comunicación, la parte que formuló la propuesta no recibiese respuesta escrita de la otra manifestando su conformidad, se entenderá que no acepta dicha propuesta y, por tanto, la misma no surtirá efecto alguno.
– SUSPENSIÓN DEL SERVICIO: Labordequipo, S.L. podrá suspender de forma temporal la prestación del servicio en caso de impago de 2 o más mensualidades, no reanudándose hasta que se regularice el pago o haya acuerdo al respecto entre las partes. Cuando el cliente solicite la interrupción temporal del servicio por razones ajenas a Labordequipo, S.L no se descontará importe alguno al período de facturación correspondiente al tiempo de interrupción del servicio.
– SUBROGACIÓN DE TRABAJADORES: El cliente abonará en exclusiva todas las diferencias salariales, diferencias de cotización, gastos e indemnizaciones que puedan generarse por motivo del ejercicio por parte de los trabajadores contratados por la empresa cesante del derecho de subrogación recogido en el art. 44 del Estatuto de los Trabajadores, salvo que acredite haber informado de dicha circunstancia a Labordequipo, S.L., de forma fehaciente y por escrito antes de la fecha de la aceptación de la oferta vinculada al presente contrato.
– PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES: Labordequipo, S.L. se somete en todos sus extremos al contenido de la L.O.P.D.G.D.D., de 3/2018, del 5 de diciembre, de Ley de Protección de Datos y Garantía de los derechos digitales y al contenido de R.G.P.D., 679/2019, del Reglamento Europeo.
– LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN COMPETENTE: El presente contrato se interpretará de acuerdo con la Ley española. Para cualquier controversia que pudiera surgir en relación con este contrato, las partes se someten a los juzgados y Tribunales de Almería capital, con expresa renuncia a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles, salvo que se aplique un fuero imperativo por la naturaleza de la acción.